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Otra encrucijada legal enfrenta el médico en algunos estados de la nación norteamericana, donde se ha restringido el acceso al aborto por cumplimiento estatal, después de la decisión de la Corte Suprema de Justicia en el caso de Dobbs. V. Jackson Women’s Health Organization, de 2022.  El aborto en EU estuvo protegido antes, a nivel federal, por la decisión de Roe v. Wade, de 1973.  El médico hoy enfrenta cárcel en varios estados, si extrae del útero materno un feto muerto a las 20 semanas, o termina un embarazo a las 14 semanas de un producto con una condición genética incompatible con la vida, o lo interrumpe en una niña de 9 años violada por su padre, o en una mujer adulta violada por varios varones en una orgía, o le practica un curetaje por un aborto incompleto, o, incluso, si interrumpe un embarazo ectópico -uno que se gesta en alguna de las trompas de Falopio en lugar del útero, que producirá serio riesgo de muerte para la gestante una vez rompa la trompa donde se anidó y que, además tiene alto riesgo de infección generalizada- o a la mujer que quería ser madre pero se le descubre un cáncer que tiene que ser tratado interrumpiendo el embarazo; y, sin embargo, aquel otro que rechaza la intervención médica indicada y pone a riesgo el bienestar, la salud física y mental de la embarazada o hasta su vida, no es castigado.

Hago mía la opinión de la médico y feminista colombiana, Ana Cristina González-Vélez: “…lo que está por detrás del repertorio de normas que castigan y restringen el acceso al aborto, es la subvaloración de la vida de las mujeres como biografía y por tanto de su capacidad moral”, tesis que merece conocerse, en algún otro momento.

Entonces, ¿hay abortos que son morales y otros que no?  Lo inmoral es el aborto sin higiene, sin dominio de la técnica ni conocimiento de medicina, en un callejón o montada la mujer y abandonada sobre un retrete, el que no es accesible por limitación financiera, el ilegal por ley que no hace justicia.  Quizás es hora de ir considerando que no hay abortos que son más justificables que otros, particularmente cuando no pocos voceros en contra del aborto lo justifican diciendo: “el único aborto moral es el mío”.  Como bien lo señala Carmel Shachar: “necesitamos ser claros que son la autonomía y el derecho al acceso y al cuidado médico, lo que hace todo aborto moral”.

Los dos médicos, el que rehúsa negarle tratamiento a la mujer que requiere el aborto y el que rehúsa practicar un aborto, hacen uso de su objeción de conciencia.  El primero, objeta la letra de la ley mientras se sujeta a la ciencia de la medicina.  El segundo, se sujeta a la ley, aunque objete el juramento de su profesión por la salud y la vida.  Y, ¿dónde quedan las obligaciones morales?  Los médicos tenemos obligaciones morales, que no pocas veces se han enfrentado a leyes y regímenes autoritarios e inmorales.  Así como hay objetores de conciencia también hay proveedores por conciencia, y frente a la realidad de que solo existen cláusulas de conciencia exclusivamente para justificar el rechazo a la provisión de cuidado y atención médicas, también se hace necesario proteger la provisión de cuidados y atención por conciencia, y rechazar el abandono del paciente, que implicaría faltar al principio de no maledicencia.

         Pero, ¿qué es la conciencia?

En el año 2012 murió en Irlanda, donde existía una ley contra el aborto desde 1983, Savita Halappanavar por septicemia durante su primer embarazo, de 17 semanas, complicado con la ruptura prematura de membranas y la muerte fetal.  La ruptura temprana de membranas se considera cuando “la bolsa de agua” se rompe antes de la labor de parto, y se le califica de “prematura”, si ocurre durante una gestación que aún no alcanza el tiempo de término, que es desde las 37 semanas del embarazo. La viabilidad del feto ni se discute a las 17 semanas. Sus médicos, actuando bajo la prohibición del aborto, esperaban semanas hasta que el corazón fetal dejara de latir y ocurriera espontáneamente el aborto.  Días más tarde, el corazón de Savita dejó de latir antes, a los 31 años de edad, por una infección generalizada, septicemia.

Son varios los escenarios que leyes concebidas por reclamos religiosos, algarabías de extremistas y conductas irresponsables de políticos conducen a desenlaces fatales para la mujer embarazada, entonces sí, el embarazo es un riesgo de muerte, o para el producto amoroso o indeseado de tal embarazo.  Esa muerte fetal y materna no es más bonita y menos pecaminosa, que la muerte fetal y materna del binomio madre-feto expuesto a las ofertas criminales de personas sin escrúpulos ni entrenamiento que practican el aborto clandestino. Yo vi y atendí durante mi entrenamiento y carrera de Medicina y Cirugía, adolescentes y niñas que se nos morían en el hospital en cuestión de horas, infectadas, fétidas, pálidas, en choque por desangramiento, disfunción cardíaca, renal y pulmonar, y un silencio profundo para no revelar el nombre ni lugar del abortista callejero y criminal.  Por eso no acepto comparar el aborto en una institución médica con el aborto clandestino, ni que hay abortos menos éticos que otros.  Lo que hay son abortos clandestinos, forzados por leyes fundamentalistas, y abortos higiénicos, que obedecen a la práctica ética de la atención médica de la mujer.

La objeción de conciencia a la ley, crece cuando su hechura rígida e inconsulta se divorcia del humanismo y de los derechos de las personas.  La objeción de conciencia se da cuando hay oposición a los medios, a los fines, o a otros factores alrededor de los fines.  En el campo de la salud es un tópico que produce más preguntas que respuestas y la justificación a la objeción es muy inestable, a pesar de que tiene vigencia y volumen.  Para el profesional de la medicina, no solo es un derecho y una obligación moral objetar en base a sus convicciones, es además ejercer con libertad el proceso crítico de la opción y la decisión médicas o de salud pública. Una justificación es la ligada a la integridad moral del objetor y otra a su tolerancia de diferencias morales para los diversos temas o puntos de vista. Nir Ben-Moshe, sin embargo, aclara para sus lectores que, no toda forma de integridad moral tiene que ser respetada, y recuerda que Adolf Eichmann mantuvo que su implementación de la solución final se la dictaba su integridad moral. Su moral, su percepción propia de moralidad, no es la integridad moral entendida objetivamente como tal.

Para el Cardenal Joseph Ratzinger, la moral individual es relativista: “no habría normas morales si cada persona estuviera dispuesta, con entera certidumbre, a declarar para si mismo, qué es moralmente correcto en cada circunstancia.”  Y, completa su pensamiento diciendo: “Lo que nos protege del relativismo moral es una serie de factores necesarios para la moralidad: consciencia, la experiencia compartida con la comunidad donde uno es parte, la misma realidad, y finalmente, lo que Dios nos ha revelado como su deseo.”  Para los increyentes, la ética, sin serlo, ha aparecido como competidora de la religión, es la brújula de la moral, y, “lo moral sigue presentándose como la forma de conducta a través de la que se expresa el más propio ser del hombre”, como lo recuerda la filósofa española, Adela Cortina.

Drapkin Lyerly y co-autores señalan que, “podría decirse que hay argumentos más sólidos para negarse por razones de conciencia a respetar las prohibiciones del aborto que para negarse por razones de conciencia a proporcionar atención médica”.  Quizás porque la objeción de conciencia se ha hecho exclusiva validez del objetor.  Es necesario recordar que, el compromiso con el cuidado de la salud reproductiva no tiene por qué ser diferente al compromiso con el cuidado de la salud y sus principios éticos, que aseguran el acceso al cuidado y atención de calidad. Como bien lo puntualiza Shachar: “el acceso al cuidado y la atención médicas es acerca del respeto a las necesidades del paciente y no a juzgar cómo esas necesidades se produjeron”.

¿Necesitamos una víctima moral del aborto, como lo fue Savita Halappanavar en Irlanda, para dejar de priorizar como argumento para oponernos al aborto, que las causas que justifican el aborto médico son las menos frecuentes razones por las cuales la mujer exige el derecho a ejercer su derecho reproductivo?  Publicado en el diario La Prensa de Panamá, el viernes 6 de diciembre de 2024.

Pedro Ernesto Vargas

Pedrovargas174@gmail.com

www.pedroevargas.com

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